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He
contratado un viaje en una agencia y una semana antes de salir me
llaman para decirme que tengo que pagar una cantidad extra porque ha
habido una subida del precio del carburante. ¿debo pagar?
Los precios como
regla general no deben ser modificados, no obstante se permite si así
lo recoge el contrato con las siguientes limitaciones:
Sólo se pueden producir en caso de variación de precios de transporte,
carburante, tasas, e impuestos y tipos de cambio aplicado al viaje. Es
nula la revisión al alza en los 20 días anteriores a la fecha de salida.
Se ha puesto malo un familiar y no voy a poder viajar, había entregado una señal ¿a qué tengo derecho?
Si
el consumidor desiste del viaje solicitado o contratado tiene derecho a
la devolución de los pagos efectuados con una indemnización a la
Agencia:
Se
deberán pagar los gastos de gestión y anulación si los hay debidamente
justificados y una penalización que va en función del tiempo con el que
se preavisa:
1. 5% del viaje si se avisa con más de diez días y menos de quince.
2. 15% si se avisa entre tres y diez días.
3. 25% en las cuarenta y ocho horas anteriores.
De
no presentarse a la salida se deberá pagar el total, salvo acuerdo
contrario. En viajes con condiciones especiales (cruceros) los gastos
de anulación se ajustaran a lo pactado.
Si la anulación se debe a causas de fuerza mayor el consumidor tiene derecho a recuperar las cantidades pagadas.
Se entiende por fuerza
mayor las circunstancias ajenas, anormales e imprevisibles cuyas
consecuencias no pueden evitarse aunque se actúe con la diligencia
debida.
Si quien cancela el viaje es la agencia el consumidor tiene derecho al
reembolso del dinero o a un viaje equivalente y a una indemnización que
será:
1. 5% del precio total del viaje si los cambios se producen entre dos meses y quince días antes de la fecha de inicio.
2. 10% si se produce entre 15 y 3 días.
3. 25% si lo anuncian en las 48 horas anteriores.
Si
la cancelación se debe a que el número de personas es inferior al
previsto y nos lo comunican por escrito antes de la fecha o si se dan
razones de fuerza mayor no tendrán la obligación de indemnizarnos.
Nos
han alojado en un hotel de distinta categoría al contratado y nos han
perdido una maleta en el viaje de vuelta, ¿qué hacemos?
Debe
presentar su reclamación a través de las hojas de reclamaciones, en el
hotel y en el aeropuerto primero a través del PIR (Parte de
Irregularidad en el equipaje) y posteriormente a través de la hoja de
reclamaciones de la compañía aérea o en las del aeropuerto.
Después
en las hojas de reclamaciones de las agencias de viajes. Los
organizadores y detallistas de viajes combinados responden frente al
consumidor del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del
contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos
mismos u otros prestadores de servicios, por lo que en el caso de
incidencias en el transporte aéreo usted tiene que dirigir su
reclamación al organizador o detallista de su viaje.
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