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Mes de agosto: cerrado

TINTORERIAS
Preguntas frecuentes
Legislación
Vías de reclamación

Preguntas frecuentes

¿Puedo saber con antelación cuánto me va a costar la limpieza del traje?

Sí, los precios tienen que estar expuestos al público.

¿Tengo que pagar por adelantado?

No tiene que pagar por adelantado salvo que el establecimiento muestre en lugar visible una leyenda que así lo especifique. 

¿Pueden pedirme más cantidad de la que aparezca en el resguardo de depósito si ya lo he abonado?

No, el importe tiene que coincidir con el expuesto en el establecimiento.

¿Si no ha quedado bien, puedo volver a pedir que realicen la limpieza?

Sí, la tintorería tiene que repetir la limpieza sin coste adicional.

¿Y si al recoger la prenda me la han roto?

Puede exigir indemnización en función del daño ocasionado.

¿Si no estoy de acuerdo con la indemnización, qué hago?

Si no está de acuerdo, puede solicitar las Hojas de Reclamaciones del Gobierno de Aragón que tienen que tener a su disposición.

En caso de inexistencia o negativa a entregarle la Hoja de Reclamaciones puede formular su queja ante el Servicio Provincial de Consumo del Gobierno de Aragón.

Legislación

  • Real Decreto 1453/1987 de 27 de noviembre que regula la actividad de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

Vías de reclamación

Hojas de reclamaciones.

Arbitraje de Consumo
 

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