¿Qué son los servicios a domicilio?
Son aquellos destinados al mantenimiento y reforma de viviendas, de sus
instalaciones y edificaciones anexas.
¿Puede tener local abierto al público y en ese caso?
En
los establecimientos abiertos al público de las empresas dedicadas a la
actividad de prestación de servicios a domicilio deberá expresarse de
manera visible en un cartel:
• Nombre del prestador del servicio.
• Número de inscripción en el Registro.
• Precio por tiempo trabajado.
• Precio de transporte y gastos de desplazamiento.
• Recargos por urgencias.
• Las siguientes leyendas: «El usuario tiene derecho a presupuesto
previo por escrito». «Existen hojas de reclamaciones a disposición del
consumidor» y, «Este establecimiento tiene a disposición del usuario
las tarifas de los materiales y piezas»
• Los precios deben incluir el IVA en caso contrario se hará mención de
su repercusión.
Y cuando no tiene local abierto al público deberán de darle una hoja
informativa, de manera gratuita, antes de realizar el servicio.
¿Tiene siempre derecho a presupuesto previo?
Sí. Salvo renuncia expresa del consumidor, en el que consten:
• Nombre
• Nº de inscripción en el Registro.
• Datos de la póliza de seguro de responsabilidad civil, en su caso.
• Nombre, domicilio del cliente y dirección del lugar donde debe ser
realizado el servicio.
• Descripción del servicio solicitado.
• Cantidad, calidad y precio.
• Fecha del inicio y final del servicio.
• Período y condiciones de la garantía.
• Validez de la oferta.
Si durante la realización del servicio se observan incidencias
inicialmente no presupuestadas nos lo deben de poner en nuestro
conocimiento, ¡por escrito!
¿Puedo renunciar al presupuesto?
Sí, pero debe constar por escrito y debe ser previa a la realización
del servicio.
¿Siempre me tienen que dar factura?
Sí.
Realizado el servicio deben entregarnos una factura que deberá contener
los siguientes datos:
• Datos del presentador del servicio.
• Datos del cliente.
• Descripción del servicio.
• Precio total, indicando la mano de obra, los materiales,
desplazamiento e impuestos.
• Período de duración de la garantía.
• Fecha y firma.
¿Tengo garantía del servicio?
Sí. Mínimo de tres meses a contar desde la fecha de la finalización del
servicio, sin perjuicio de la garantía de las piezas, materiales y
productos que establezcan los fabricantes.
¿Cómo reclamar?
A través de Hojas de Reclamaciones del Gobierno de Aragón