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ASOCIACION DE CONSUMIDORES
"TORRE RAMONA"
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Tels. 976 215 161 // 976 211 321
Fax. 976 223 547
Email:
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www.torreramona.org

Horario: De lunes a jueves de 10 a 13 y 16:30 a 19:30 y viernes de 10 a 13

 
Servicios bancarios
PREGUNTAS FRECUENTES
VIAS DE RECLAMACIÓN
LEGISLACIÓN
ENLACES / DIRECCIONES DE INTERÉS
   
PREGUNTAS FRECUENTES
 
¿Puedo reclamar en el Banco de España una mala actuación de mi banco?
Sí, todo el mundo puede acudir a reclamar ante el Banco de España pero antes deberá formalizar la reclamación ante el Defensor del Cliente o ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Caja de Ahorro.

En caso de que su contestación no le sea satisfactoria o no le contesten en el término de dos meses, podrá acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España en la siguiente dirección:

Banco de España
Servicio de reclamaciones
Alcalá, 48
28014 MADRID
www.bde.es


¿Me pueden cobrar por hacer una transferencia?
Sí. Se trata de una comisión que tiene que estar publicada en el folleto de comisiones, incluido en el tablón de anuncios del Banco. Si no está en el folleto no se lo podrán cobrar.

¿Puedo consultar el folleto de comisiones?
Sí, puede solicitar una copia en la sucursal.

¿Las comisiones pueden ser abusivas?
Todas las comisiones deben estar publicadas y comunicadas al Banco de España. Este organismo no especifica sin son o no abusivas. Lo que debe de conocer y tener muy claro es, que si no se han publicado, no se pueden cobrar y si se cobran, nunca será un importe superior al comunicado al Banco de España.

¿Puedo exigir el contrato de mi tarjeta de crédito?
Sí, debe de tener copia de todos los contratos que establezca con la caja o banco, cuenta corriente, cuenta, libreta, tarjetas, préstamos…

¿Si pierdo mi tarjeta se lo comunico al Banco por teléfono?
Es una buena opción, pero nuestro consejo es el siguiente: remitir carta certificada con aviso de recibo, junto con la copia de la denuncia, o también acudir al banco o caja con un escrito comunicando los hechos y copia para que la sellen. Así tendrás justificante de que se han enterado.

¿Tienen obligación de tener Hojas de Reclamaciones?
Sí. Los bancos y cajas de ahorro de la Comunidad Autónoma de Aragón, tal y como se estableció en el Boletín Oficial de Aragón, tienen obligación de poner a disposición de los usuarios las Hojas de Reclamaciones.

VIAS DE RECLAMACIÓN
 
- Servicio de Atención al Cliente del Banco o Caja de Ahorros o ante el Defensor del Usuario, remitida por carta certificada y con acuse de recibo
- Servicio de Reclamaciones del Banco de España
LEGISLACIÓN
 
  • Orden Ministerial 12 de diciembre de 1989.
  • Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
  • Circular 8/90 de 7 de septiembre de 1990.
  • Orden de 311/2001, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en materia de consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
ENLACES / DIRECCIONES DE INTERÉS
 
 
 
Arbitraje de consumo
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