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www.torreramona.org

Horario: De lunes a viernes de 10 a 13h y de 16:30 a 19:30 horas.

 
Sistema arbitral de consumo
¿QUÉ ES EL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO?
¿QUÉ OFRECE EL ARBITRAJE DE CONSUMO?
¿CÓMO SE TRAMITA?
¿CÓMO FINALIZA TODO EL PROCESO?
IMPRESOS
   
¿QUÉ ES EL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO?
 

Es una vía voluntaria, extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los problemas que puedan surgir entre el consumidor o usuario y el vendedor o prestador de servicios.

  • Es rápida porque se tramita en un corto espacio de tiempo. Máximo 4 meses desde la designación del Colegio Arbitral.
  • Es eficaz porque se resuelve mediante un laudo sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial.
  • Es voluntaria, porque ambas partes se adhieren libremente.
  • Es económica porque es gratuita para las partes.
  • Es ejecutiva porque los laudos son de obligado cumplimiento.
¿QUÉ OFRECE EL ARBITRAJE DE CONSUMO?
 

Es un medio eficaz para la resolución de conflictos que surjan porque:

  • El procedimiento es gratuito,
  • El sistema es breve,
  • Los trámites a seguir no están sujetos a formalidades especiales,
  • Ambas partes están representadas por igual y,
  • La resolución adoptada o “laudo” es vinculante para ambas partes.
¿CÓMO SE TRAMITA?
 

Todo comienza rellenando una solicitud personalmente o a través de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, ante la Junta Arbitral de Consumo.

La Junta Arbitral, notificará a la empresa reclamada la solicitud para iniciar el procedimiento, si está adherida al Sistema Arbitral, o para proponerle que acepte el arbitraje si no lo estuviera.

Si la empresa está adherida o acepta expresamente el arbitraje, quedará formalizado el Convenio Arbitral. El Arbitraje de Consumo es voluntario, por lo que si la empresa reclamada no adherida no acepta el Arbitraje propuesto, no puede llevarse a cabo este procedimiento.

Para cada caso se designa un colegio arbitral que está compuesto por:

  • Un árbitro representante de las asociaciones de consumidores,
  • Un árbitro representante del sector empresarial implicado y,
  • El presidente del Colegio Arbitral, designado por la Administración.

Seguidamente se convoca a las partes al Acto de Audiencia, al que podrán comparecer personalmente, por escrito o por medio de representante.

¿CÓMO FINALIZA TODO EL PROCESO?
 

El procedimiento finaliza con la emisión del Laudo, ejecutivo y vinculante, de obligado cumplimiento.

También pueden las partes alcanzar un acuerdo amistoso antes del Acto de Audiencia, que deben comunicar por escrito a la Junta Arbitral para archivar el expediente.

IMPRESOS
 


------ La Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón  y la Junta Arbitral de Consumo de Aragón se han trasladado a Vía Univérsitas, 36-6º de Zaragoza. ------

Impreso para Arbitraje de Consumo

Indicaciones para Arbitraje de Consumo

Folleto Arbitraje de Consumo

 
 
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