Zaragoza, 17 de abril de 2008
AL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE ARAGÓN
Dirección General de Política Económica
Doña
OLVIDO BLASCO MONTON, con DNI Nº 17107070S, en su calidad de Presidenta
de la Asociación de Consumidores Torre Ramona, con CIF G50094531, y
domicilio en C/ San Miguel, 30- Pral Izq.,
como mejor proceda en Derecho, DICE:
Que
por medio del presente escrito interpone DENUNCIA por ABUSO DE POSICIÓN
DE DOMINIO EN EL MERCADO, FALSEAMIENTO DE LA LIBRE COMPETENCIA Y
PUBLICIDAD ENGAÑOSA, contra:
RENFE-Operadora,
con CIF G-84144161, y domicilio en Avd. Pío XII, 110, 28036 Madrid. Tel
913 006 600, Fax: 913 007 336, y en la medida que pudiera ser
responsables a ADIF, y domicilio en Avd. Pío XII, 110 28036 Madrid.
RENFE-Operadora,
entidad pública empresarial, creada por la Disposición Adicional 3ª de
la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, tiene como
misión la prestación de servicios de viajeros y mercancías. ADIF, es
una entidad pública empresarial, su misión incluye la gestión del
tráfico ferroviario, la administración de la infraestructura, el cobro
de cánones y la realización de infraestructura que le encargue el Gobierno de la Nación.
El
31 de diciembre de 2004 RENFE se fusionó con el entonces Gestor de
Infraestructuras Ferroviarias (GIF) y el día 1 de enero de 2005, la
Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora se desprendía de RENFE, que
a partir de ese momento comenzó a llamarse Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Renfe Operadora
se especializó en la prestación de servicios de transporte, mientras
que ADIF se quedó con las funciones de atribución de capacidades,
mantenimiento y construcción de infraestructura de la Red Ferroviaria
de Interés General (RFIG).
RENFE-Operadora:
presta servicios deficientes y engañosos a los usuarios, obligándoles a
introducir datos sin asegurar previamente que el servicio que quieren
contratar está disponible.
La
presente DENUNCIA por ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO EN EL MERCADO,
FALSEAMIENTO DE LA LIBRE COMPETENCIA Y PUBLICIDAD ENGAÑOSA, se
fundamenta en los siguientes hechos:
PRIMERO.-
RENFE Operadora viene cubriendo desde el año 2001, dentro de sus
servicios a los viajeros, el recorrido Madrid-Zaragoza en AVE, el cual
tenía un funcionamiento normal en cuanto a la venta de billetes.
SEGUNDO.-
Los problemas en la venta de billetes comenzaron desde la inauguración,
el 20 de febrero de 2008, de la línea Madrid- Zaragoza-Camp de
Tarragona-Barcelona, el llamado Puente AVE.
TERCERO.-
Desde dicha inauguración la compañía ha venido restringiendo la venta
de billetes a los usuarios que desean hacer el recorrido
Zaragoza-Madrid o viceversa, de tal manera que en su página Web,
www.renfe.es, se ofertaban de forma normal las plazas para dicho
recorrido, pero una vez que se llegaba al momento de aceptar la compra
del billete, después de haber dado todos los datos, tanto personales,
como bancarios, surgía el siguiente mensaje: “Para la clase elegida
sólo quedan plazas en Puente AVE”.
CUARTO.-
Con fecha 19 de marzo de 2008 se sigue restringiendo la venta de
billetes para dicho recorrido (Madrid-Barcelona), pero el anterior
mensaje ha sido sustituido por el aviso de que si no se pueden comprar
billetes es porque el tren está completo, y no da ninguna otra
explicación, por lo que el usuario no tiene manera de conocer los
motivos por los cuales no existen billetes.
Con
fecha 28 de marzo de 2008, el Director General de Servicios de Alta
Velocidad/Larga Distancia, Sr. D. Abelardo Carrillo Jiménez, reconoce
en varios periódicos de tirada regional que se bloquean plazas para la
Tarifa Puente.
QUINTO.-
De esta manera se está obligando a cierto número de viajeros a adquirir
un billete en Puente AVE, aunque tan solo quieran hacer el recorrido
Madrid-Zaragoza, Barcelona-Zaragoza o viceversa. Lo que produce una
pérdida de dinero en todo aquel usuario que tenga cierta obligación de
viajar a Madrid, Zaragoza o Barcelona en AVE, ya que necesariamente
tendrá que comprar el billete de Puente Ave, aunque tan solo vaya a
realizar la mitad del recorrido.
RENFE-Operadora
causa perjuicios económicos a los usuarios que se vean obligados a
adquirir un billete en Puente AVE, para un trayecto inferior al de
éste, ya que este servicio no se ve beneficiado con descuentos, tal y
como se recoge en su página Web: “El precio es único en función de
trayecto y clase, no siendo aplicable al mismo otras ofertas
comerciales”.
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